viernes, 1 de abril de 2011

La ganancia neta en Argentina

La ganancia neta en Argentina

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Para determinar la ganancia neta deben deducirse de la ganancia bruta todos los gastos necesarios para obtener, mantener y conservar la fuente de ganancias gravadas.
Son deducibles los siguientes puntos:

_ Amortizaciones de edificios y demás construcciones.
_ Intereses devengados por deudas hipotecarias.
_ Gastos de mantenimiento del inmueble.
En el caso de inmuebles urbanos los contribuyentes pueden optar por alguno de los siguientes procedimientos:
_ Impuestos y tasas que gravan el inmueble, tales como la contribución inmobiliaria o gravámenes análogos, gravámenes municipales, servicios de cloacales y agua, etc.
_ Primas de seguros que cubren riesgos sobre los inmuebles.
_ Deducción de gastos reales en base a comprobantes.
_ Deducción de gastos presuntos equivalentes al 5% de la renta bruta del inmueble, que involucra los gastos de mantenimiento por todo concepto (reparaciones, gastos de administración, seguros, etc.).

El procedimiento que se adopte debe aplicarse a todos los inmuebles del contribuyente y no puede ser variado por el término de 5 años. Aquellas personas que por su naturaleza deben llevar libros o tienen administradores que deben rendirles cuenta de su gestión, sólo pueden deducir tales gastos en base a comprobantes.

Tratándose de inmuebles rurales, la deducción debe efectuarse en todos los casos en base a gastos reales.

Impuesto a las Ganancias. Inmuebles inexplotados. Deducción de gastos. Se plantea en el siguiente caso la duda con relación a la deducibilidad de los gastos (expensas, gas, luz, etc.) y amortizaciones de un inmueble de una persona física que durante el año 2002 no estuvo alquilado, habiendo declarado ingresos de alquiler del inmueble en años anteriores.
Los gastos correspondientes a un inmueble que no estuvo afectado a locación y que no generó ingresos gravados durante un período anual completo, no resultan computables en la determinación del impuesto a las ganancias.

Un contribuyente tiene un inmueble que lo destina a locación. En el año fiscal lo alquiló por el trimestre enero a marzo, no pudiendo locarlo en el resto del año, a pesar que autorizó a una inmobiliaria a tales efectos.

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